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Elecciones generales: multas por no ir a votar

as multas son ascendentes y pueden ir de $50 a $500. En caso de no pagarla, el infractor tiene prohibido realizar trámites a nivel nacional, provincial y municipal por un año.

El 12 de setiembre pasado, los resultados PASO señalaron que solamente participó el 67% de votantes del padrón electoral. Al ser la cifra más baja en la historia de las elecciones, la Cámara Nacional Electoral informó que las personas que no se presenten a votar recibirán diferentes sanciones económicas.

La CNE, art. 125, establece que “Se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”.

En caso de que transcurra el plazo sin haber pagado la multa, el ciudadano no estará habilitado para realizar trámites a nivel nacional, provincial y municipal por un año. A su vez, tampoco podrá presentarse a cargos electivos por tres años.

Para poder tramitar una justificación, la persona deberá dirigirse a la estación de policía más cercana o ingresar a https://infractores.padron.gob.ar/ e indicar su número de DNI, sexo y distrito para iniciar la gestión. Luego, de acuerdo a la razón específica por la que no se pudo votar, se obtendrá el documento que avale la ausencia.

El trámite tendrá que hacerse en un plazo de 60 días posteriores al día de elecciones. En caso de no realizar la justificación correspondiente, la persona podrá pagar su multa a través del Banco Nación Argentina mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.

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