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El Senado de Salta modificó la Carta Orgánica de Capital: Roque Cornejo votó en contra y denunció un trasfondo político

La Cámara Alta aprobó este jueves 29 de octubre, con modificaciones, la reforma de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Salta. El senador capitalino Roque Cornejo Avellaneda, de La Libertad Avanza, rechazó el dictamen y la aprobación en general, al cuestionar los cambios introducidos al texto sancionado por la Convención Municipal. El oficialismo legislativo defendió su intervención como un control de constitucionalidad.

La controversia abre una discusión institucional sobre los límites de la autonomía municipal, las facultades de la Legislatura provincial y el alcance de las decisiones adoptadas por una Convención elegida mediante el voto popular.

La sesión fue presidida por el vicepresidente primero del Senado, Mashur Lapad, con la presencia de 20 legisladores. Según el parte de prensa oficial, Cornejo votó negativamente tanto el dictamen como el proyecto en general, aunque acompañó con su voto afirmativo los artículos que no habían sido modificados.

Esta precisión resulta importante: el senador no rechazó la totalidad del contenido de la Carta Orgánica, sino el dictamen y la aprobación general de la reforma intervenida por la Legislatura.

Cornejo denunció un intento de limitar el avance de La Libertad Avanza

Durante el debate, Cornejo cuestionó la intervención de la Legislatura sobre el texto elaborado por la Convención Municipal, donde La Libertad Avanza había obtenido una representación mayoritaria.

El legislador sostuvo que las modificaciones respondían a razones políticas y no exclusivamente jurídicas. Según informó Informate Salta, expresó:

“Esto es un serrucho para impedir que las ideas de La Libertad sigan creciendo”.

Para Cornejo, la revisión parlamentaria desconoce aspectos de la voluntad popular expresada en la elección de convencionales municipales.

Sus cuestionamientos apuntan especialmente al alcance de las modificaciones introducidas en artículos vinculados con la transparencia administrativa, la independencia de los organismos de control y las atribuciones municipales.

El oficialismo defendió las modificaciones por razones constitucionales

El senador por La Poma, Dani Nolasco, actuó como miembro informante del proyecto y defendió el dictamen de la Comisión de Legislación General.

Su principal argumento fue que la Ordenanza Municipal 16.637, sancionada en 2024, había convocado a una reforma parcial de la Carta Orgánica y no a una modificación integral de su contenido.

Según Nolasco, la Convención avanzó sobre materias que no estaban comprendidas en la convocatoria. Por ese motivo, sostuvo que la Legislatura debía intervenir para garantizar la adecuación del texto a la Constitución Provincial.

También rechazó que la revisión tuviera una finalidad partidaria y afirmó que su responsabilidad era compatibilizar la autonomía municipal con el ordenamiento constitucional.

De esta manera quedaron planteadas dos posiciones contrapuestas: la defensa del texto sancionado por los convencionales y la interpretación legislativa de los límites jurídicos de la reforma.

Los artículos cuestionados: transparencia, publicidad oficial y organismos de control

La controversia no se limita a una disputa entre fuerzas políticas. Comprende modificaciones concretas en herramientas de fiscalización y administración municipal.

Entre las cuestiones señaladas en las críticas al dictamen se encuentran:

Materia

Cambios y controversias

Rendición de cuentas

Cuestionamiento a la eliminación de una cláusula que prohibía partidas presupuestarias exentas de rendición

Publicidad oficial

Supresión de restricciones y disposiciones relativas al gasto y utilización de la publicidad institucional

Tribunal de Cuentas

Cambios en las atribuciones, autonomía y duración de los mandatos de sus integrantes

Participación ciudadana

Objeciones a la eliminación de mecanismos de intervención vecinal en cuestiones presupuestarias

Empleo municipal

Revisión de previsiones relativas a límites en la contratación de personal

Concejo Deliberante

Eliminación del requisito de estudios secundarios completos para acceder a una banca

Defensor del Pueblo

Discusión sobre las garantías normativas de independencia del organismo

Tribunal de Faltas

Modificaciones en mecanismos de designación y concursos públicos

Estos puntos fueron identificados por exconvencionales y medios provinciales que analizaron el dictamen. La determinación precisa de sus efectos jurídicos requiere comparar el articulado completo aprobado por la Convención con el texto que recibió media sanción.

¿Puede la Legislatura modificar una Carta Orgánica Municipal?

Este es uno de los interrogantes institucionales más relevantes del conflicto.

La Constitución de Salta, en sus artículos 170, 171 y 172, establece el marco del régimen municipal y de las cartas municipales. El procedimiento contempla la intervención de la Legislatura provincial.

Sin embargo, la discusión consiste en determinar hasta dónde alcanza esa revisión.

Una interpretación sostiene que la Legislatura debe verificar la compatibilidad constitucional y legal del texto, incluida la correspondencia entre la reforma y la ordenanza de convocatoria.

La posición crítica advierte que esa intervención no debería convertirse en una sustitución de decisiones políticas legítimamente adoptadas por una Convención Municipal.

La cuestión decisiva es establecer, artículo por artículo, si las modificaciones corrigen incompatibilidades constitucionales o alteran decisiones que pertenecen al ámbito de la autonomía municipal.

Ninguna de esas dos conclusiones puede darse por demostrada únicamente por las declaraciones de los legisladores.

La reforma incluye nuevos derechos y cambios administrativos

Más allá de la controversia, el Senado destacó en su comunicación oficial varias disposiciones contenidas en la reforma, entre ellas la adecuación de los mandatos municipales a la reforma constitucional provincial de 2021, la creación de la figura del Defensor del Pueblo y el reconocimiento de derechos vinculados con la discapacidad.

También señaló modificaciones en las atribuciones del Concejo Deliberante, los plazos de presentación de presupuestos y rendiciones de cuentas, la fiscalización del Tribunal de Cuentas y las competencias municipales en salud y educación.

 
Cámara de Senadores

La Carta Orgánica todavía no tiene sanción definitiva

La aprobación del Senado constituye una etapa del procedimiento legislativo, pero no significa que la reforma haya concluido su trámite.

El proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados de Salta, donde deberá continuar su tratamiento.

En paralelo, exconvencionales vinculados a La Libertad Avanza anticiparon la posibilidad de recurrir a la Justicia si las modificaciones resultan finalmente sancionadas. Hasta el momento, esa eventual judicialización debe considerarse una posibilidad anunciada, no una resolución judicial existente.

Una discusión que supera a la ciudad de Salta

El tratamiento de esta reforma tiene importancia para el conjunto de los municipios salteños que cuentan con Carta Orgánica o atraviesan procesos de reforma institucional.

El debate pone sobre la mesa tres cuestiones: la autonomía municipal, los límites de las convenciones reformadoras y las facultades de revisión de la Legislatura provincial.

También instala una pregunta sobre el futuro de los mecanismos de control del gasto público municipal: si las disposiciones eliminadas introducían garantías adicionales de transparencia y fiscalización, corresponde explicar con precisión qué normas continuarán protegiendo esas funciones.

La discusión deberá continuar en Diputados, donde el texto y sus modificaciones volverán a estar bajo examen.

Para los vecinos de la ciudad de Salta, lo relevante no será únicamente qué sector político prevalece en la discusión, sino qué mecanismos efectivos de control, participación y rendición de cuentas tendrá finalmente su municipio.

 

 
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