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VERGUENZA: La categoría a Gobernador no podrá acumular votos de frentes o alianzas en las elecciones
- Publicado: Domingo, 19 Abril 2026 12:22
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Diputados acordó el dictamen de la ley de "participación democrática", que elimina cambios propuestos originalmente. La "acumulación de boletas" irá para senadores, diputados, intendentes y concejales.
El proyecto de reforma electoral que se presentó en la Cámara de Diputados de la provincia entró en una nueva fase con el dictamen de comisión que será tratado el próximo martes en el recinto y que resultó de negociaciones que se extendieron hasta la tarde del viernes pasado.
El dictamen acordado posee cambios sustanciales respecto de la iniciativa original. La versión que avanzó en comisión elimina las modificaciones previstas sobre las leyes 6444 (Régimen Electoral) y 6042 (Orgánica de los Partidos Políticos), pero al mismo tiempo traslada buena parte de esos contenidos a la Ley 8463 (Eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias), generando un rediseño integral del sistema desde esa norma.
El giro no es menor. En el texto inicial, el corazón de la reforma estaba puesto en la Ley 6444, donde se introducía explícitamente el cambio de paradigma: pasar de un sistema de listas individuales a otro basado en la acumulación de votos por frentes o alianzas, un mecanismo que la oposición asimiló rápidamente a un retorno de la polémica "ley de lemas".
Sin embargo, el dictamen que ahora se debatirá omite esa modificación directa, aunque mantiene casi intacta su lógica. El nuevo esquema aparece reconfigurado en la Ley 8463, donde se incorporan artículos que habilitan la sumatoria de votos entre listas de una misma fuerza y establecen criterios de distribución interna de cargos, para todas las categorías, a excepción de la de gobernador.
En concreto, las modificaciones apuntan a la Ley 8463, donde el nuevo artículo 19 prevé que, en cargos unipersonales, los votos obtenidos por distintas listas dentro de un mismo frente, alianza o partido se acumulen en favor del candidato más votado de ese espacio, salvo en la categoría Gobernador y Vice.
La nueva ley establece que para postular candidatos a gobernador y vicegobernador todas las fuerzas políticas deberán presentar listas en todas las categorías en al menos quince (15) departamentos de la provincia.
El nuevo dictamen también introduce también límites y reglas para la competencia y estructuras electorales. Los frentes y alianzas podrán postular hasta cuatro (4) listas en cada una de las categorías a elegir, salvo la categoría de distrito provincial (Gobernador y Vice) en cuyo caso la lista será única.
Este punto promete ser el que prenda todas la luces en el debate político, ya que hasta el momento, la oposición fijó rechazo pleno al proyecto al compararlo con la vieja y polémica "ley de lemas", donde el gobernador acumulaba los votos de las listas colectoras. Este elemento figuraba en el proyecto anterior, pero fue eliminado en el dictamen de comisión, aunque trasladado al resto de las categorías y por fuera de la ley del régimen electoral.
Es decir que en las elecciones generales del año que viene funcionará un sistema de "acumulación de votos" pero para las categorías de Senadores, Diputados, Intendentes y Concejales.
A su vez, el artículo 20 establece que, en el caso de cargos legislativos, primero se asignarán las bancas entre las fuerzas políticas mediante el sistema de cocientes (D´hondt) , y luego se distribuirán internamente entre las listas de cada frente en proporción a los votos obtenidos. Este doble mecanismo consolida un modelo híbrido que combina competencia interna con resultados electorales, algo que, según argumentaron desde el oficialismo, viene a suplir la eliminación de las elecciones primarias (Paso) y darle mayor participación a las minorías.
En paralelo, se redefinen las condiciones de conformación de alianzas, estableciendo que deberán contar con al menos dos partidos políticos para poder integrar agrupaciones municipales.
Otro cambio relevante es la ampliación de los plazos electorales, que adelanta instancias clave como la presentación de listas, la asignación de colores y la oficialización de candidaturas, otorgando mayor margen de organización al proceso.
Del original al dictamen
El contraste entre ambas versiones revela una estrategia legislativa clara: retirar las modificaciones más sensibles de las leyes estructurales -como la 6444 y la 6042- pero conservar su espíritu a través de cambios en la 8463.
En el proyecto original, además de la acumulación de votos, se proponían cambios en la convocatoria a elecciones, en los requisitos para la conformación de partidos políticos.
Si bien esos puntos ya no aparecen de forma explícita, el nuevo esquema cumple una función similar: canalizar la competencia dentro de los frentes directamente en la elección general.
Sigue el voto electrónico
En cuanto a la boleta electrónica, algo que tampoco figuraba en el proyecto original, la reforma que propone el dictamen de comisión, modifica la Ley 8010 (sobre el voto electrónico) y establece un diseño que prioriza la imagen de los candidatos por sobre los símbolos partidarios, incorporando además a los dos primeros postulantes en listas legislativas."La pantalla deberá contener la oferta electoral en forma clara y legible para cualquier ciudadano y garantizará el trato igualitario de todos los candidatos". Contendrá la foto y nombre de los candidatos según corresponda" dice el nuevo artículo 17.

En resumen
- El proyecto en Diputados: Había ingresado la semana pasada con la firma de la mayoría de diputados oficialistas y contemplaba modificaciones a tres leyes electorales.
- El pase a comisión: El dictamen de comisión salió el viernes a la tarde e introdujo una modificación sustancial sobre la elección de gobernador. Será tratado el martes que viene.
- Otras modificaciones: Se establece que para competir para gobernador, las listas, frentes o alianzas deben presentar candidatos en todas las categorías en al menos 15 departamentos
- Para las alianzas: Cada frente podrá tener hasta 4 listas, pero cada una de ellas deberá tener un solo candidato a gobernador y vice. Los intendentes podrán tener hasta 3 listas de ediles.
- Los plazos electorales: Para la presentación de listas ser pasa de 50 días a 60 días. Para definir los colores de las boletas se pasa de 55 días a 70 días y para las imágenes 30 días a 40 días.
Fuente El Tribuno
